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Reunión TDOC, la gestión CAE en manos de Tesicnor.

Entender la CAE como un mero intercambio documental mediante plataformas digitales, supone despojarla de su potencial como herramienta preventiva, siendo tan necesaria como obligatoria en los casos de concurrencia de actividades y, especialmente, cuando la combinación de sus riesgos pueda suponer un aumento del nivel de peligrosidad de la tarea para los distintos trabajadores.

Cómo abordar de manera efectiva la CAE

El Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, no establece ni define un procedimiento concreto de Coordinación de Actividades Empresariales, sin embargo, aporta una serie de herramientas y plantea la necesidad de realizar una coordinación de actividades empresariales que resulte adecuada. Con el fin de lograr una CAE adecuada a las empresas y los riesgos laborales que les atañen, el artículo 11 de dicho RD, recoge un listado no exhaustivo de medios de coordinación:

  • El intercambio de información y de comunicaciones entre las empresas concurrentes.
  • La celebración de reuniones periódicas entre las empresas concurrentes.
  • Las reuniones conjuntas de los comités de seguridad y salud de las empresas concurrentes o, en su defecto, de los empresarios que carezcan de dichos comités con los delegados de prevención.
  • La impartición de instrucciones.
  • El establecimiento conjunto de medidas específicas de prevención de los riesgos existentes en el centro de trabajo que puedan afectar a los trabajadores de las empresas concurrentes o de procedimientos o protocolos de actuación.
  • La presencia en el centro de trabajo de los recursos preventivos de las empresas concurrentes.
  • La designación de una o más personas encargadas de la coordinación de las actividades preventivas.

Ninguno de estos medios propuestos por el artículo 11 es excluyente del resto, pudiendo resultar en medios complementarios. Mientras que los intercambios de información, comunicaciones, instrucciones o evaluaciones de riesgo entre empresas concurrentes pueden gestionarse de manera simple y eficaz mediante las plataformas digitales CAE, las reuniones de coordinación deben realizarse entre el personal designado por las contratas como responsables de PRL en sus organizaciones.

Conclusión

Estas reuniones nacen con el objetivo de aclarar todas las cuestiones relacionadas con la prevención y que atañen a la seguridad de los trabajadores de las distintas contratas o subcontratas, de tal forma que el inicio y desarrollo de la actividad sea llevado a cabo en las mayores condiciones de seguridad posibles. Por ello, la inclusión de la realización de dichas reuniones en el procedimiento de CAE de la empresa principal o titular del centro de trabajo podría resultar un paso adecuado en la integración definitiva de la prevención.

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